jueves, 5 de enero de 2012

A TOMAR POR EL CULO LA CONSTITUCIÓN, UNA VEZ MÁS.

Enséñame la patita, lobo cabrón.

En septiembre pasado nuestros insignes parlamentarios tuvieron a bien modificar, deprisa y corriendo la Constitución. Y algunos pensaban que modificar el Art. 135 era una nadería. Por fortuna está el Tribunal Constitucional que, ya veremos, si se digna en dar al traste la medida.

Pero de aquellos polvos, nos vienen ahora estos lodos. Resulta que algún caballerete, recién estrenado de ministro se cae de Guindo. Ahora también pretenden cambiar la Constitución sin cambiarla. Esto es, por si fuera poco tramposa y engañosa la postura del PP estatal, resulta que pretenden retrotraernos a momentos históricos preconstitucionales. Al puto fascismo con sus leyes de “oportunidad política”.

Algunos lectores no habrán vivido esa época, por eso se la explico. Les explico lo que significaba la “oportunidad política”. Si un ayuntamiento o provincia quería aprobar unos presupuestos, el Estado, desde el Gobernador Civil, con los abogados del Estado, veían primero si lo que pretendían era políticamente correcto o se salían de madre de ley. Claro, la salida de madre era siempre medida en la forma arbitraria que el Sr. Gobernador Civil, ministro del ramo que fuere, o Jefe Local del Movimiento quisieran. Les obligaban a Corporaciones Locales o Diputaciones Provinciales a modificar al antojo de aquellos la norma que pensaban aprobar. Una vez modificada la aprobaban y la enviaban al Gobernador para que éste la validara. La oportunidad política o la desoportunidad política era todavía más arbitraria; para estos casos se utilizaba el artículo 33 del Reglamento General de las Administraciones Públicas, que venía a decir:
“Art. 33. De lo que se le pone en los cojones al Gobernador Civil, al Jefe Local o Provincial del Movimiento, al Cura, al Maestro, al Médico y al Veterinario.

Considerando que los Ayuntamientos y Diputaciones provinciales tienen competencias normativas, toda norma que pretendan aprobar será con el previo Visto Bueno de los cargos citados en el título del presente artículo; inclusive cuando no contravengan las normas contenidas en el Fuero de los Españoles y normativa vigente.

El Visto Bueno, comprenderá siempre que la norma que se pretenda imponer no se escape al momento político que tan altas autoridades habrán de conocer yhacer respetar”.

Y por qué les digo esto… se preguntarán ustedes. Pues que al PP se le ha ocurrido y así lo ha manifestado el de Guindo, con o sin caída por el momento, en una entrevista al “Finansi@l timos” Nos viene el Ministro y les dice que pondran una norma de control previo de los presupuestos de las CCAA. Se quieren cargar de un Plumazo, toda la Constitución. Se quieren merendar de una sentada el Art. 149, Competencias exclusivas del Estado, le añadirán el control previo de los presupuestos. Más tarde serán todas las normas competencia de las CCAA, Diputaciones y Entidades Locales, cargándose la Autonomía normativa que todas ellas tienen.

Nos vomitarán el Art. 150.2. Se desayunarán con el Art. 153 y ya no será necesario ni el Tribunal de Cuentas, ni los Tribunales de lo Contencioso Administrativo, ni el Tribunal Constitucional.

Finalmente, nos mearán encima y dirán que llueve; nos cagarán encima y querrán que nos comamos un nuevo Fuero de los Españoles, todos. Y cantaremos “Montañas nevadas…” aunque no haya nevado ni ostias este generoso invierno. “Triunfa España…” aunque los españoles pierdan las ganas y la vergüenza.

En este año, precisamente, que se celebra el bicentenario de La Pepa, nuestra primera Constitución (Cádiz, 1812) y que fue derogada por Fernando VII un 4 de mayo de 1814, vienen con estas malditas derogaciones que disfrazarán de leyes constitucionales modificando la Constitución.

Ahora no vengáis, la mayoría, a negar que les han votado. Quien es causa de su propio mal, que se llore a sí mismo.

Los poltronerospeseteros no cejarán (pero ¿les conviene?), yo tampoco.

Un saludo y corred la voz.


PS.: tendrán que registrarse, es gratis, en la página del Financial Times, para poder ver el vídeo de la entrevista.

2 comentarios:

Paco el brasas dijo...

El objetivo de esta ley esta bien pero no las formas. No se puede saltar a la torera la constitución. Que las CCAA son unas manirrotas todos los sabemos y que hay que dejar de gastar de esa forma también.

Lo que no comprendo es por qué la UE puede controlar los presupuestos de un Estado y el Estado no puede controlar los presupuestos de sus comunidades autónomas. No es lógico.

Carmelo Pérez Soto dijo...

Una cosa es el control presupuestario, que en nuestra Constitución se encomienda al Tribunal de Cuentas Públicas Estatal y los autonómicos si los tuvieran. Este control consiste en: Una vez aprobados los presupuestos, se envían a Hacienda, quien controla que no haya desvíos o incoherencias en el mismo. Una vez acabado el ejercicio, se envía el finiquito del presupuesto, se supervisan y en caso de haber anomalías o despropósitos, se realiza la correspondiente inspección. Si se descubren posibles irregularidades, el tribunal de Cuentas lo juzga, para depurar las responsabilidades. A eso se le llama control.

Lo que pretende el PP, no es el control por parte del Gobierno que no tiene legalmente la competencia, pues es del Tribunal de Cuentas. Sino el "control previo" antes de que se aprueben los presupuestos. De forma que si tus presupuestos no le gustan no los puedes aprobar y que sea el Gobierno quien te diga lo que puedes aprobar o no. A eso se le llama "control de oportunidad política", prohibido por nuestra constitución. La autonomía de las Autonomías, valga la redundancia y de las Entidades Locales dejaría de existir. Lo que supone un atentado a la Constitución y la Carta Europea de la Autonomía Local.

Un saludo y gracias por participar.