sábado, 21 de enero de 2012

¡Santa María! Las imbecilidades de la niña.

La Sra. Santamaría estaría con pinta de inteligente si estuviera callada. Hablar de inhabilitación, para quitarle hierro a la baladronada de Montoro, es desconocer la Constitución, el Código Penal y lo que venimos en llamar lectura.

Empecemos pues a desbrozarles la tontería. El Sr. Montoro hablaba de presentar a los tribunales de lo penal a los jerifaltes que se salten a la torera las normas sobre la gestión económica de las administraciones públicas. A esto, entre otros, le respondía la Sra. Aguirre que para eso ya hay normas en el Código Penal. Y tiene razón, la Sra. Aguirre, entre otros respondones.

Por el revuelo montado y visto que tienen a Camps y a Matas más enredados que una madeja de lana tras pasar por las patas de un gato, la Santamaría nos viene con la solemne mingada de: bueno, no tanto. Con la inhabilitación, en caso de “dolo acreditado”, nos conformamos.

La pregunta no se hace esperar ¿Quién impondrá la pena de inhabilitación? Si miramos con lectura atenta y amorosa la Carta Magna, encontraremos que están prohibidos los tribunales de honor. Esto es, políticamente no se les podrá inhabilitar. Luego la inhabilitación habrá de venir de manos de un juez de un juzgado o tribunal penal.

El delito, si es doloso, con la intención de cometer la ilicitud, ya está penado. Y para declararlo e imponer la pena, habrá de “acreditarse” en una vista oral, en un juicio. Entre las penas accesorias ya se contempla en el Código Penal la inhabilitación para cargo público o profesión desde la que se perpetró el delito doloso.

¿Dónde está pues la novedad? ¿No será que a los políticos no se les aplica, como se debiera, el Código Penal? Pues eso
.

No hay comentarios: