viernes, 20 de enero de 2012

LA CORTA CARRERA DE LOS PRESUPUESTOS 2012 (2)

Con el IBI a vueltas


Según los Presupuestos de 2010, últimos que hizo el finalmente equipo de gobierno del PPSOE, se recaudaron por el Impuesto de Bienes Inmuebles en rústica 20.595,77 euros. En 2011, puesto que no hubo subida de ese impuesto, no caben dudas de que se recaudaría la misma cantidad. Esto es 20.595,77 euros.

En el proyecto de Presupustos de 2012, del PRC, y previo a la subida Rajoy, tenían previsto recaudar 25.595,77 euros. O séase, 5.000 euros más.
20.595,77
100
5.000
X
X=
24,28%

En el último Presupuesto PPSOE, 2010, el IBI en urbana tenía 270.000 eurazos. En el proyecto de Presupuestos 2012, antes de la subida Rajoy, el PRC tenía previsto 281.500 eurazos de vellón.

270.000
100
11.500
X
X=
4,26%

Según lo aprobado en el Pleno de 25 de noviembre de 2011, con la subida del IBI en el gravamen de rústica del 0,8% al 0.9% y en urbana del 0,5% al 0,6%, las cuentas no cuadrán.

El PP dice que esa subida de 0,1% en el gravamen de rustica supone una subida real de la cuota a pagar del 12,5%; según los datos de Hacienda supone un aumento al 14,81%. En urbana sucede lo siguiente, el aumento del gravamen según el PP supone una subida del 20% y según Hacienda del 26,66%.

Yo creo más en los datos de Hacienda. Aunque los datos de mi cosecha difieren de los del PP y de Hacienda y se los explicaré al final. Pero da igual, pongamos que los datos del PP fueran más acertados, por benévolos con el PRC.

¿Cómo es posible que donde se espera una subida mínima del 12,5% y del 20% nuestros desgarramantas prevean unos ingresos del 24,28% y del 4,26%?

Y estos eran los que se autodenominaban biengestores. En rústica preveen recaudar un 11,78% más de lo aprobado y en urbana, se olvidan que suben un 20% y se conforman con recaudar un 4,26%, dejando de ingresar un 15,74%. Pues bien, a esto se le denomina insuficiencia presupuestaria. Suponemos que la Intervención, a la hora de emitir su informe Económico – Financiero y de estabilidad presupuestaria habrá informado negativamente. Esto es, que no se alcanzan los objetivos de estabilidad presupuestaria, al fallar el sistema económico – financiero.

Si nuestros saltacharcos son incapaces de prever lo que ya tienen aprobado con un mes de antelñación, cómo van a controlar el gasto. Es evidente que el Concejal de Hacienda como matemático no tiene precio. Se ve que el primer día de clase faltó y se perdió la sublime explicación de que 1+1=2; 1*1=1; 1+2=3;2*2=4. Así nos luce el pelo.

Pero lo peor no es eso. No. Lo peor de todo es que en la Comisión de Hacienda del día 2 de enero de 2012 aprobaron el dictamen de aprobación inicial de los Presupuestos 2012; aunque luego no celebraran el Pleno y, por culpa de ellos mismos, no aprobaran inicialmente los presupuestos. Esto significa dos cosas. La primera que ninguno de los once concejales leen, bien, lo que llevan para su aprobación. La segunda es que se hacen trampas jugando al solitario. Si no no se entiende que ninguno de todos ellos no se diera cuenta de ese sencillo horror matemático.

Ahora paso a exponerles como salen mis cuentas respecto de la subida del IBI. Me limito a la contribución urbana. Les explico cómo se aplican los conceptos, para que ustedes, con su recibo del impuesto de 2011, puedan calcular lo que les va a suponer el aumento del recibo; ya sea con la subida Rajoy o con la subida Izaguirre, también con las dos.

Tienen que tener en cuenta el Valor Catastral de la vivienda (Vc), Valor Catastral revisado (Ccr), coeficiente reductor (R)  que será el 0,9 el primer año, hasta 0,1 el décimo año), la base liquidable (Bl) y el gravamen (Gr) que será el 0,6 %. Por ejemplo:

Usted compró una vivienda en 2001 cuyo Vc era de 18.000 euros (terreno y casa incluidos). Supongamos que le revisaron el valor catastral el año 2002; diciéndole que su Vc revisado era de 39.000 euros. Y no han vuelto a revisar el Vc.

La fórmula es:

(Vcr) 39.000

A esta diferencia se le aplica el coeficiente reductor, que en el caso se trata será del 0,0 ya que estamos en el onceavo año.

Por lo tanto la base liquidable será (Bl) 39.000.

A la (Bl) se le aplica ahora el gravamen (Gr) que en nuestro caso es el aprobado el 25 de noviembre de 2011 por el Pleno, el 0,6%

39.000*0,6/100= 234 Euros.

Una vez comprobado en su factura siguiendo el ejemplo, no le será difícil averiguar la diferencia entre lo que usted pagó en 2011 y lo que pagará ahora.

En el ejemplo propuesto, en 2011, hubiera pagado nuestro contribuyente ficticio la siguiente cantidad.

39.000(Vc)*0,1(R) = 3.200
39.000(Vc)-3.200 = 35.800(Bl)
35.800(Bl)*0,6% = 214 Euros a pagar

214 son a 100
Como 20 son a X
De donde
X = 20*100/214
X = 9,34% es la diferencia.

La diferencia, como ustedes ya han intuido no es igual para todos. Pues dependerá del año de compra de la vivienda, del año de revisión catastral y del índice reductor. Habrá vecinos a los que la subida les va a suponer el 26,66%, a otros el 20% y a otros el 9,34 %.

Suponiendo que solo hubiera tres vecinos en Guriezo y cada uno de ellos sufriera un tipo distinto de subida, resultaría que la media de la subida nunca podría ser igual al 4,26%, ya que el valor mínimo es del 9,34%. Hagan ustedes como quieran, pero al menos en los presupuestos tenían que haber previsto una subida mínima del 9,34%.

Veremos qué responde el Concejal de hacienda ante tamaño despropósito.

Los peseterospoltroneros no cejarán (pero ¿les conviene?), yo tampoco.

Un saludo y corred la voz.

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