viernes, 30 de octubre de 2015

100 DÍAS DE GOBIERNO

Mucho me temo que han olvidado varias cosas, pero tampoco hace falta más comentario

Escúchenlo ustedes mismo, si no lo escucharon en directo, en Punto Radio Castro


domingo, 25 de octubre de 2015

No es por llevar la contraria. Es por decir la verdad.



Al Sr. Llano se le llena la boca de transparencia y no se sabe qué más conceptos que, expresados en palabras, demuestra no conocer.

De la transparencia en la gestión y realización del polideportivo hablaremos en otro momento, cuando comprobemos ciertos datos que de entrada nos hacen sonrojar; y veremos, si se confirman, dónde está la ética, la moral, la claridad y la transparencia. En caso de que todo ello exista.

EL PARQUE INFANTIL Y CORREOS

Pero ya les adelanté que hablaríamos del coste del parque infantil y oficina de Correos, que van juntos en el mismo proyecto. La cuestión es que el Tribunal de Cuentas ha publicado ya las cuentas de 2014. Esas que la Administración actual se las ha visto putas para poder cerrarlas y cuadrarlas, porque 2012 y 2013 las cerró en falso el PRC y el Sr. Ángel Llano, en particular. No olviden que era el Concejal de Hacienda y Tesorero.

Por la trasparencia, nunca conocimos el proyecto. Lo hicieron a la chita callando. Tan es así que lo único que supimos en su momento era que se hizo un convenio urbanístico (no se ha publicado en ningún boletín) por el que el propietario cede el terreno y la construcción anexa por 15 años. A cambio, no sabemos que obtiene el propietario, si exceptuamos que pasados los 15 años todo lo realizado pasa a su propiedad, que la inversión que hemos hecho va en saco roto. Tampoco nos dijeron nunca cuánto nos hemos gastado en adecentar aquella construcción y el parque.

Hecha la dación de cuentas de 2014, no por quienes la gastaron evidentemente, nos enteramos que el Gobierno de Cantabria nos dio 26.400,00 € y que nosotros pusimos además 7.156,51 €, lo que hacen 33.556,51 €. Perdonen que insista. Yo no sé si es mucho o poco, pero me parece demasiado para que dentro de 15 años no tengamos nada.

La transparencia, en este caso, para el Sr. Ángel Llano es que sigamos sin saber qué condiciones hay en el convenio urbanístico suscrito, que desconociéramos que el Gobierno de Cantabria puso 26 mil eurakos y qué es lo que tenía en mente para dentro de 15 años.

Veremos si solicitando ese convenio urbanístico al actual Ayuntamiento nos lo facilitan y así se lo podré mostrar y ver lo que contiene.

LA CARRETERA PUENTE MAYPICO-ANGOSTINA

Se acordarán ustedes y si no se lo recuerdo yo, cómo se le llenaba la boca al Sr. Llano, con “la mejora y ampliación” de dicha vía. Se quedó en mejora, porque no se amplió nada. Esa cosa nos costó 46.473,68 €; de los que Gobierno de Cantabria puso 33.000,00 € y nuestro Ayuntamiento 13.473,68 eurillos.

Dentro del concepto de transparencia, al entender del Sr. Ángel Llano, todavía estamos por descubrir a qué empresa se le adjudicó la obra y en qué concurso público, pues no se ha publicado en parte alguna.

El Sr. Ángel Llano tiene todo el derecho a pedir que la actual administración sea transparente. Pero no puede afirmar, sin mentir, que la actual administración no sea transparente. Pues en la cuestión del polideportivo, en la que se empeña en seguir poniendo en duda y encontrando sospechosa la tramitación, ha tenido desde el primer momento todos los documentos sin ninguna traba, como los he tenido yo. Ha podido estudiarlos y debatirlos; pero se ha empeñado en acusar a los demás de lo que él mismo hizo, sin más argumento que la nada más absoluta. Poniendo en duda la honorabilidad de sus compañeros de corporación, sin dato alguno; sin darse cuenta, sin querer recordar, que fue su proyecto de polideportivo el que recurrieron los constructores de Cantabria, precisamente por su oscurantismo, por su falta de transparencia y porque cada uno tenía una documentación distinta.

Y no tendré la osadía de decirle al Sr. Ángel Llano que me haga caso, esta vez se lo ahorro. Aunque debiera solo porque soy más zorro por viejo que por zorro y por los 36 años de experiencia que acumulo como funcionario de carrera en una Entidad Local y he visto situaciones que ustedes, los humanos, no podrán ver jamás. Pero sí le diré, con total sinceridad, que haga caso a su correligionario De la Sierra. Quien afirmó que “no se puede confiar en que los que generaron el problema lo vayan a solucionar”. Y lo dijo en presencia del Sr. Ángel Llano en plena campaña electoral. Pues eso, que se aplique el cuento.

Habrá quien piense que me lanzo al “y tú más…”. Se confunde de pleno a pleno quien así lo crea o piense. Porque no se trata de decirle al Sr. Ángel Llano, ni a nadie, que lo hace peor o mejor que otros; sino de recordarle que lo que él ha venido haciendo no lo está haciendo el actual alcalde.

Tampoco es por llevar la contraria, es por decir la verdad.


jueves, 22 de octubre de 2015

LA MARUJA COMO SIEMPRE…



Bla, bla, bla.

Nos sorprendía ayer nuestra particular Maruja, con sus dimes y diretes, sin aportar más dato que decir lo que se le pone en sus reales posaderas en El Diario Montañés, Web oficial del PRC y su perfil público de Caralibro. Y por supuesto, la grabación en IVOOX, de la voz de la Sra. Secretario Interventor, leyendo la nota oficial del PSC-PSOE.

La nota de prensa no tiene desperdicio.

«Ángel Llano, ha calificado de “escándalo” que la gestión municipal “esté en manos de un tránsfuga” después de que Narciso Ibarra haya pasado al Grupo de concejales no adscritos». (el subrayado es nuestro)

Lo que no les dice el Sr. Llano, es que el único concejal socialista no formaba parte de ningún grupo municipal, pues el Partido Socialista de Guriezo, a través de su concejal no formó dicho Grupo Municipal Socialista. Y no lo hizo porque estaba pendiente de dilucidarse la postura que tomaría la ejecutiva Regional del Partido. Evitando así que si tomaban la decisión de comunicar al Ayuntamiento que no reconocían al concejal socialista, pidieran a la Corporación por la falta del apoyo, la anulación del Grupo Municipal.

Y esto viene a cuento, por el desconocimiento supino del Sr. Llano, del Art. 73.3 de la Ley 7/1985, de bases de Régimen Local, y toda la norma que dice textualmente:

A efectos de su actuación corporativa, los miembros de las corporaciones locales se constituirán en grupos políticos, en la forma y con los derechos y las obligaciones que se establezcan con excepción de aquéllos que no se integren en el grupo político que constituya la formación electoral por la que fueron elegidos o que abandonen su grupo de procedencia, que tendrán la consideración de miembros no adscritos”.

Como punto de partida, el concejal socialista, no formó grupo municipal ni tuvo necesidad de “no integrarse en el grupo político que [no] constituyó la formación electoral por la que fue elegido”.

El Sr. Llano dice:

«… la Secretaria Municipal informó en el último pleno que se le había comunicado que Ibarra debe tener la condición de concejal no adscrito, según lo dispuesto en el artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de la Ley de Bases de Régimen Local. Esto, ha añadido, supone que el alcalde deja de pertenecer al Grupo Socialista, que es por el que fue elegido concejal

La Sra. Secretario debiera de conocer, pues no recibió comunicación alguna de la formación de ningún Grupo Municipal Socialista, “que el Sr. Ibarra ya tenía la condición de concejal no adscrito”. Y el Sr. Llano, si como dice hace una oposición responsable, debiera de conocer cuántos y cuales son los grupos municipales que se han creado, conforme al Art. 24 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, RD 2568/1986; pues la Sra. Secretario Interventor de nuestro ayuntamiento, lo debiera de haber comunicado al Presidente de la Corporación (Alcalde), de haber existido, para que éste lo comunicara al Pleno, conforme a lo previsto en el Art. 25 del citado Reglamento.

Art. 24 que dice literalmente:

«1. Los grupos políticos se constituirán mediante escrito dirigido al Presidente y suscrito por todos sus integrantes, que se presentará en la Secretaría General de la Corporación dentro de los cinco días hábiles siguientes a la constitución de la Corporación.
2. En el mismo escrito de constitución se hará constar la designación de Portavoz del grupo, pudiendo designarse también suplentes.» (los subrayados son nuestros)

Art. 25 que dice textualmente:

«De la constitución de los grupos políticos y de sus integrantes y portavoces, el Presidente dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre tras cumplirse el plazo previsto en el número 1 del artículo anterior.» (los subrayados son nuestros)

De momento ahí lo dejo, pues mi sospecha es que en nuestro ayuntamiento no existen, no se han constituido, ni uno solo de los grupos municipales. Trataré de comprobarlo de todas maneras, no vaya a ser que el Sr. Llano vaya de gallo y sea solo un pobre pollo lacrimante de sus paraísos perdidos.

Veremos si existe el escrito, suscrito por todos los integrantes de cada uno de los grupos municipales (PRC, CxCAN y PP), presentado entre los días 14 y 20 de junio de 2015.

Sobre el resto de la nota de prensa del PRC, sobre las faltas de ética, de moral y sobre los intereses personales no vamos a entrar de lleno. Pero si le hemos de recordar que es muy poco ético, de total falta de moralidad, escasamente estético que lance afirmaciones que sabe inciertas e inveraces sobre otras personas. Lo poco ético es acusar a los demás de lo que adolece el propio Sr. Llano y alguno de sus correligionarios. Lo poco ético es que no formando parte del equipo de gobierno, por sus propias traiciones al hasta entonces idolatrado líder, siguieran cobrando el sueldo por tocarse los huevos a dos manos y quisieran cobrar hasta el final de la legislatura; llegando a pleitear y perdiendo, para intentar cobrarlo. Poco ético es ir dándoselas por ahí de alcalde, cuando era incapaz de llevar los asuntos de Hacienda. Poco ético es quejarse del supuesto oscurantismo en la tramitación del polideportivo, cuando él mismo jamás dio a la gente la información veraz y necesaria; acusando a los demás de los retrasos que él mismo produjo. Poco ético es quejarse en la oposición de los que se pusieron un sueldo y al llegar al cargo ponerse un sueldo más alto. Poco ético es tener un concejal de montes que además es maderista y se autoconcede la corta de arbolado de unas parcelas que nadie le había concedido.

La Maruja como siempre, acusa a los demás de lo que ella misma hace. Eso sí, sin un dato cierto. Y como no tiene nada, en verdad, que achacar a los demás aunque lo haga, no es capaz de hablar por ejemplo del cierre del ejercicio económico de 2014. El mismo que el dejó destrozado entre enero y septiembre  de 2014. De eso les hablaré en los próximos días. Y les contaré cuánto nos costó en 2014 el parque para que jueguen nuestros niños y ya me dirán ustedes si es poco o es mucho.

viernes, 2 de octubre de 2015

LOS PROBLEMAS ELÉCTRICOS Y DE LA RECEPCIÓN DE LA TV EN GURIEZO.



Ayer, con la jarreada tuvimos de nuevo los eternos problemas de recepción de la señal, alguna de las señales, de distintos canales de Tv. También tuvimos una suerte local que no se fuera la luz.

Desde mi punto de vista, que la señal de Tv se vaya me la trae al pairo. Tengo buenos libros por leer. Eso no significa que no entienda que a otros les parezca un gran problema y que, además, haya que darle una solución rápida y duradera.

Para mí el problema grave es que se vaya la luz cada dos por tres y que no se vea la posible solución.

Cada Institución tiene sus competencias y nuestro ayuntamiento no tiene competencia alguna sobre la red de distribución de las señales de Tv, eso es competencia estatal y de la comunidad autonómica. Quiere esto decir que las reclamaciones, en todo caso, se han de hacer a los correspondientes gobiernos y no al gobierno municipal.

La cuestión es que el otro día en el Pleno, una vez finalizado, en el turno de preguntas de los ciudadanos, un ciudadano se ensañaba con el alcalde y el equipo de gobierno porque no ve bien la Tv. Hasta el punto fue la cosa que, el ciudadano en cuestión, acaparó él solo más de media hora. Y no cejaba en su empeño. En fin.

Ahora, a iniciativa de un post de Maki en su Facebook, se arma la de dios es cristo y se politiza la cuestión como si nuestro ayuntamiento fuera el culpable y el responsable. Pero curiosamente, durante los 18 años que llevo viviendo en Guriezo, al respecto, nadie despotricaba de los anteriores alcaldes. Que me aspen si lo entiendo.

Para conocimiento de todos, les lanzo los artículos de la Ley de Bases de Régimen Local (Ley 7/1985), dónde se ven cuales son las competencias de nuestro Ayuntamiento y veremos, si como hice yo en ese Pleno, se les recrimina que no den una solución acorde con el asunto de las caídas habituales del servicio eléctrico.

Artículo 7.
1. Las competencias de las Entidades Locales son propias o atribuidas por delegación.
2. Las competencias propias de los Municipios, las Provincias, las Islas y demás Entidades Locales territoriales solo podrán ser determinadas por Ley y se ejercen en régimen de autonomía y bajo la propia responsabilidad, atendiendo siempre a la debida coordinación en su programación y ejecución con las demás Administraciones Públicas.
3. El Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, podrán delegar en las Entidades Locales el ejercicio de sus competencias.
Las competencias delegadas se ejercen en los términos establecidos en la disposición o en el acuerdo de delegación, según corresponda, con sujeción a las reglas establecidas en el artículo 27, y preverán técnicas de dirección y control de oportunidad y eficiencia.
4. Las Entidades Locales solo podrán ejercer competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación cuando no se ponga en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal, de acuerdo con los requerimientos de la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y no se incurra en un supuesto de ejecución simultánea del mismo servicio público con otra Administración Pública. A estos efectos, serán necesarios y vinculantes los informes previos de la Administración competente por razón de materia, en el que se señale la inexistencia de duplicidades, y de la Administración que tenga atribuida la tutela financiera sobre la sostenibilidad financiera de las nuevas competencias.
En todo caso, el ejercicio de estas competencias deberá realizarse en los términos previstos en la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas”.
“Artículo 25.
1. El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en este artículo.
2. El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias:
a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación.
b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.
d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
f) Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios.
g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano.
h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.
i) Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.
j) Protección de la salubridad pública.
k) Cementerios y actividades funerarias.
l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre.
m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial.
ñ) Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
3. Las competencias municipales en las materias enunciadas en este artículo se determinarán por Ley debiendo evaluar la conveniencia de la implantación de servicios locales conforme a los principios de descentralización, eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera.
4. La Ley a que se refiere el apartado anterior deberá ir acompañada de una memoria económica que refleje el impacto sobre los recursos financieros de las Administraciones Públicas afectadas y el cumplimiento de los principios de estabilidad, sostenibilidad financiera y eficiencia del servicio o la actividad. La Ley debe prever la dotación de los recursos necesarios para asegurar la suficiencia financiera de las Entidades Locales sin que ello pueda conllevar, en ningún caso, un mayor gasto de las Administraciones Públicas.
Los proyectos de leyes estatales se acompañarán de un informe del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en el que se acrediten los criterios antes señalados.
5. La Ley determinará la competencia municipal propia de que se trate, garantizando que no se produce una atribución simultánea de la misma competencia a otra Administración Pública”.
“Artículo 26.
1. Los Municipios deberán prestar, en todo caso, los servicios siguientes:
a) En todos los Municipios: alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, acceso a los núcleos de población y pavimentación de las vías públicas.
b) En los Municipios con población superior a 5.000 habitantes, además: parque público, biblioteca pública y tratamiento de residuos.
c) En los Municipios con población superior a 20.000 habitantes, además: protección civil, evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, prevención y extinción de incendios e instalaciones deportivas de uso público.
d) En los Municipios con población superior a 50.000 habitantes, además: transporte colectivo urbano de viajeros y medio ambiente urbano.
2. En los municipios con población inferior a 20.000 habitantes será la Diputación provincial o entidad equivalente la que coordinará la prestación de los siguientes servicios:
a) Recogida y tratamiento de residuos.
b) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.
c) Limpieza viaria.
d) Acceso a los núcleos de población.
e) Pavimentación de vías urbanas.
f) Alumbrado público”.
Como pueden ver, entre las competencias propias de nuestro ayuntamiento, no consta para nada la cuestión TV y sí la del alumbrado público, que tampoco entra la competencia sobre la electrificación y el suministro de nuestras particulares casas. Competencia esta última de la comunidad autonómica.
A partir de ahí, sembremos las reclamaciones donde corresponde, sin que por ello dejemos de insistir en que nuestro ayuntamiento se implique y reclame, como viene haciendo desde siempre, esas nuestras reivindicaciones televisivas. Por ser de sentido común y de justicia.