El Ministro de Justicia, en precario, nos cuenta una de las muchas milongas que nuestra clase política nos cuenta a diario. Cosa que no es de extrañar, por tanto. Pero que da más miedo que un nublao.
Que el Ministro de justicia quiera, y yo también, que las investigaciones penales las lleve un fiscal y no un juez, me parecen bien. Es más, me parecen muy bien. Pues la función de un fiscal, en un juicio, para velar que se respeta la legalidad, sin obligación alguna de velar por la legalidad fuera de la sala y la obligación de perseguir los delitos se diluya en que es que yo no lo sabía, no tube conocimiento del hecho; no me gusta. Me gustan los fiscales que incluso, por una noticia de prensa, se ponen en movimiento en defensa de la legalidad. Por eso estoy de acuerdo en que sea un fiscal que lleve las investigaciones y un juez quien las juzgue, que para eso es el juez. El Juez de Instrucción es una gamberrada jurídica, a mi modo de ver.
Pero la idiotez dicha por el Notario Mayor del Reino, nuestro Ministro de Justicia en funciones, no tiene explicación posible ni como ministro del ramo ni, mucho menos, como catedrático de derecho. Veamos. Según el ministro si es el fiscal quien instruyye las causas penales y no el juez de instrucción, resulta que se acabaría con la “pena de telediario”, pues según él, como “poquísimos asuntos penales llegan a juicio” por que “acaban archivándose”; resulta que nos quedamos con cara de lelos. ¿Qué tiene que ver una cosa con la otra? Si la instrucción del proceso penal corre a cargo del fiscal, habrá de ser un juez quien abra o no la vista oral. Habrá de ser un juez quien decida si se archivan o no las actuaciones y, desde la prensa y televisión, se seguirán haciendo los mismos juicios de valor e imponiendo las penas en los telediarios. Que se lo pregunten si no a los italianos que tienen el sistema de fiscalía con la obligación de perseguir los delitos e instruir las causas, que luego el juez juzga. Los medios no perdonan nunca…
“Esa reforma evitaría que al ser un juez el que investiga, se dé por sospechosa una persona que solo está siendo investigada”. Dice nuestro ministro. Cómo si no fuera sospechosa la persona a quien se investiga por un presunto delito. ¿Qué más da que la investigue un juez que un fiscal? La persona investigada por un presunto delito es siempre una persona bajo sospecha de haber cometido, presuntamente, ese delito o tener una participación en él, sea como complice, coautor, etc… Por lo tanto si está bajo sospecha, es una persona sospechosa.
Según el ministro en funciones si una persona sospechosa es investigada por el juez, y como se le da por sospechosa, eso va en contra de la presunción de inocencia. Sin embargo si lo hace un fiscal, ¡Ah!, entonces no, no va contra la presunción de inocencia que sea investigada y dada por sospechosa.
Este ministro o es o se lo hace. O peor aún, cree que todos los demás lo somos.
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