El Sr. Consejero es más listo que la jambre. Desde la entrada en vigor de la Ley 44/206, de mejora de la Defensa de los consumidores y usuarios, están prohibidos los cobros por servicios no prestados realmente. Valga de ejemplo el "mínimo de facturación" en los servicios municipales de aguas. Que en su desvergüenza, la del consejero, denomina "mínimos de consumo". ¿Cómo coños se puede llamar "mínimos de consumo" cuando no se alcanzan esos consumos realmente? ¿Qué carajo de eufemismo es ese "mínimo de consumo"?
La realidad, Sr. Consejero, es que ese concepto es el MÍNIMO DE LATROCINIO. Y sí. Tiene usted un puntito de razón, cuando se han pasado cinco años de la entrada en vigor de la Ley, esos mínimos de facturación no ayudan al ahorro de agua, ni al ahorro económico, ni al ahorro energético. Solo ayudan a los beneficios de las grandes empresas y de las pequeñas que gestionan un servicio privatizado, mucho peor que cuando era público.
Un servicio público, el servicio municipal de aguas, que debiera de seguir siendo público. Porque el agua no es una mercancia, es una necesidad.
Me pregunto dónde estaba el Sr. Consejero cuando se privatizaban los servicios públicos de aguas y se instauraban, a petición de las latrocínicas gestoras, esos "mínimos de consumo" con sumo gusto de nuestros representantes públicos, a mayor gloria de los beneficios privados.
¿Qué pandilla de desgarramantas se pueden presentar en las elecciones para gestionar lo público y entregar, acto seguido, esa gestión a empresas privadas?
¿No será mejor cumplir con el Texto Refundido de Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios que tener que suprimir sus mínimos de facturación ilegales a todas luces?
¿No será mejor cumplir con el Texto Refundido de Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios que tener que suprimir sus mínimos de facturación ilegales a todas luces?
La Casta no cejará (pero ¿les conviene?), yo tampoco.
Un saludo y corred la voz.
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