miércoles, 14 de marzo de 2012

EL SABER NO OCUPA LUGAR. EL LUGAR DEL CONCEJAL DE OBRAS.

Les decía el otro día que el concejal de obras es un gamberro, políticamente hablando. Y se lo argumentaba con que no es de recibo que trate de llevar su gestión como si fuera parte de la oposición, presentando mociones en vez de proyectos. Pero además, parece mentira que lleve tantos años en el Ayuntamiento y todavía no se haya enterado de cómo funcionan y cuales son las competencias de cada uno de los órganos de gobierno de la institución. En vista de que no lo sabe y en previsión de más y mayores gamberradastuercebotistas y porque somos así de generosos, le vamos a instruir con una humilde lección magistral de Derecho Administrativo, en gestión de las Entidades Locales.

Los órganos de gobierno de una entidad local se dividen en dos tipos: Colectivos, como el Pleno de la Corporación y la Junta de Gobierno Local; y unipersonales, como el Alcalde.

El Pleno. – El Pleno de la Corporación lo componen la totalidad de los Concejales. En el caso de Guriezo, son once concejales. Las competencias del Pleno vienen definidas en el Art. 22.2 y 3 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local. Entre todas las competencias del Pleno unas son delegables. Las que se especifican en las letras j), k), m), n), o) y q). Las restantes: a), b), c), d), e), f), g), h), i), l) y p) y el punto 3, de ese mismo artículo, no son delegables.

La Junta de Gobierno Local es un órgano colectivo de gobierno. Su existencia es obligada en todos los ayuntamientos de más de 5.000 habitantes y en aquellos que, teniendo menos habitantes, así lo contemple su reglamento orgánico o lo apruebe el Pleno (Art. 20.1.b), de la Ley 7/1985).

La Junta de Gobierno Local estará formada por el Alcalde y un número de concejales, elegidos por ese, no superior al tercio del total de los concejales (Art. 23.1) y recibirá las delegaciones que reciba del Pleno y del Alcalde (Art. 23.2.b)).
 
Las delegaciones del Pleno de Guriezo, se hicieron a favor de la Junta de Gobierno Local, en el Pleno extraordinario de 12 de julio de 2011. Entre dichas delegaciones estaba la del apartado n), que dice textualmente:
n) Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto y, en cualquier caso, los seis millones de euros, así como los contratos y concesiones plurianuales cuando su duración sea superior a cuatro años y los plurianuales de menor duración cuando el importe acumulado de todas sus anualidades supere el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio y, en todo caso, cuando sea superior a la cuantía señalada en esta letra”.

Quiere esto decir que el concejal de obras, para la aprobación de contratar al ingeniero de caminos, en la realización del proyecto del saneamiento de Angostina, tenía que haber reunido a la Comisión informativa de obras para que le aprobaran el dictamen que elevar a la Junta de Gobierno; que es el órgano, por delegación, competente para aprobar dicha contratación.

Una vez aprobado el proyecto por la Junta de Gobierno Local, ésta tiene la obligación de comunicar al Pleno, en la siguiente Sesión que se celebre, de la aprobación de la contratación del susodicho ingeniero, para dicho proyecto del saneamiento de Angostina.

Esperemos que le haya servido, al concejal, para que en venideras ocasiones tramite los asuntos a través del órgano de gobierno competente, por los canales previstos.

Esperemos que esta humilde lección magistral, le haya servido también al Alcalde; no solo para enterarse de qué va la cosa, que ya debiera conocer tras tanto tiempo en la administración pública. Sino también para llamar al orden a ese concejal tan díscolo y gamberro, políticamente hablando.

Si el saber no ocupa lugar, es evidente que el no saber ocupará menos. Si un lugar tiene su espacio y el espacio es igual a  velocidad por tiempo, es evidente que el espacio del concejal es poquito. Pues si bien el tiempo es mucho (varias legislaturas), al ser la velocidad enana, nos da como resultado un espacio ínfimo. Un espacio igual al tamaño de su saber.

Los peseterospoltroneros no cejarán (pero ¿les conviene?), yo tampoco.

Un saludo y corred la voz.

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