LOS PRESUPUESTOS GURIEZANOS Y LOS DESVARÍOS DEL PRC
Una cosa es, por grave que sea
políticamente hablando, aprobar los presupuestos que presentó Ángel Llano y
otra, muy distinta, es que con esa aprobación se «“avala” la
gestión realizada por los regionalistas durante el último año al frente de la
Alcaldía» tal y como dice el PRC en su Facebook.
Nuestra alcaldesa ha pecado de
pardilla, mal asesorada por sus socios de gobierno, presentando los mismos
presupuestos del PRC, aprobados inicialmente. A la alcaldesa nadie le ha dicho
que el proyecto de presupuestos que aprobaron provisionalmente en diciembre, al
nuevo equipo de gobierno se la traía al pairo. Sin embargo, seguro, le han
dicho mal dicho que ese proyecto había que terminarlo.
Aunque esos presupuestos estuvieran
aprobados provisionalmente, si no se continúa con su tramitación, porque se hacen
unos presupuestos nuevos al no ser el mismo equipo de gobierno, ese proyecto se
muere de inanición. Aceptando o sin aceptar las alegaciones presentadas por
UGT. A quienes había que haber notificado que no se continuaba con ese
proyecto.
Las Comisiones informativas
Las comisiones informativas no pueden “tumbar”
alegaciones de nadie. Las alegaciones se “tumban”, en realidad desestiman,
sobre argumentos jurídicos por el órgano que dictó la resolución. En este caso
el Pleno que fue quien aprobó inicialmente, provisionalmente, los presupuestos.
Creo, espero equivocarme, que argumentos jurídicos no hay ninguno. El pleno ha
desestimado, por sus santos órganos reproductores, las alegaciones de UGT.
Pero las afirmaciones del PRC nos
vienen a demostrar que no tienen la más pálida idea de lo que las comisiones
informativas son. Se lo vamos a decir nosotros, ustedes y yo.
«Sección tercera. De las
Comisiones Informativas
Artículo 123.
1. Las Comisiones
Informativas, integradas exclusivamente por miembros de la Corporación, son
órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio,
informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del
Pleno y de la Comisión de Gobierno cuando esta actúe con competencias delegadas
por el Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes.
2. Igualmente informarán
aquellos asuntos de la competencia propia de la Comisión de Gobierno, y del
Alcalde o Presidente, que les sean sometidos a su conocimiento por expresa
decisión de aquéllos». (RD 2568/86 de Organización y Funcionamiento de las
Entidades Locales: ROF)
Por lo pronto vemos que no tienen
atribuciones, competencias ni potestades “resolutorias”. Con esto ya sabemos
que no pueden “tumbar” nada ni nadie. Su función es la de estudiar e informar o
ser consultadas, salvo en los asuntos que sean declarados “Urgentes” como el
Pleno del pasado día 10, del que se quejaban que no se había visto en la
comisión correspondiente y, además, era mentira; pues se celebraron las
comisiones informativas antes del Pleno, la misma mañana, como siempre.
«Artículo 126.
1.
Los dictámenes de las Comisiones
informativas tienen carácter preceptivo y no vinculante.» (ROF)
Las comisiones informativas
tienen la fea costumbre de manifestarse mediante “dictámenes”, o séase,
dictaminan. Esto quiere decir que no hacen informes, no informan, no hacen otra
cosa que estudiar y dictar. Dirigir una voluntad política hacia un objeto
determinado, con el fin de que el órgano competente resuelva el asunto. Su dictamen
o dictámenes, o dictaduras muy blandas por cierto, son “preceptivos”. Esto es,
han de dictaminar sí o sí, a favor o en contra; pero para su desgracia, de las
comisiones informativas, da igual lo que dictaminen, pues no es vinculante para
el Pleno. Por poner un ejemplo, imaginen que a las alegaciones de UGT, la
comisión informativa correspondiente dictaminara que se hicieran valer dichas
alegaciones y, por tanto, se modificaran los presupuestos.
Llegados al Pleno, faltan los concejales
que votaron a favor del dictamen de la comisión informativa y, el resto de
concejales votan que esas alegaciones se vayan al carajo y se aprueben los
presupuestos tal cual se presentaron. Es solo un ejemplo de lo que puede pasar.
O simplemente, entre comisión y pleno, que deben de mediar al menos seis días, lo
negocian entre concejales y aprueban lo contrario de lo que dictaminó la
comisión informativa.
A ver cuando cojones se enteran
los once (11) concejales de qué cojones están hablando y tratando. De paso,
aprovechando que estamos en agosto y es inhábil para la Administración, se
ponen a estudiar las normas más básicas de lo que se traen entre manos. Algunos
son muy nuevos y tienen un perdón, pero
la mayoría absoluta de ellos, el que menos años lleva son cinco y algunos
alcanzan tres y casi cuatro decenios de concejalías y alcaldías. Venga, pues,
una lectura no hace daño a nadie. Nadie se vuelve quijote por leer, si no es del
brazo, muerto en Lepanto, de Cervantes.
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