miércoles, 13 de mayo de 2015

Aclaraciones que parecen necesarias



Ayer mismo les decía esto:

La segunda demostración es que no tienen ni idea de qué están hablando cuando tienen que aprobar las cosas. No se molestan en tener los expedientes, estudiarlos, trabajarlos y proponer alternativas en caso de encontrar errores. Llegan a los plenos sin saber de qué hablan y aprueban lo que después son incapaces de llevar a término y /o exigir que lo lleven a término quienes tienen las obligaciones de gobierno.

La tercera demostración es la de ser unos incapaces e ineptos, pues quien menos lleva son cuatro años en la institución, algunos llevan hasta 30 años, y no saben cómo ha de funcionar ni cómo quieren que funcione. Puede que lo que quieran es, precisamente, que no funcione.

Cuando les digo esto no es por faltarles al respeto a los concejales o porque no tengan ni idea de forma absoluta y total. No, conocen lo que votan, pero generalmente lo conocen porque en las comisiones informativas lo lee bien el alcalde bien la secretario interventor. Pero eso es conocerlo de oídas, no porque se lo hayan preparado mediante la lectura de los documentos y la discusión dentro del grupo municipal o el partido. Sirva de aclaración.

Y como veo que, en algún otro foro, un comentarista anónimo lo mezcla con el liderazgo o no de los partidos, confundiendo además partido y grupo municipal; hay que aclarar bien las cosas.

El partido político.

El partido político es una organización, una estructura de la que un grupo de personas se dota para alcanzar unos fines. En esa organización los militantes deciden lo que creen más conveniente para la consecución de esos fines.

De entre esos militantes se suelen presentar a alguno o algunos para los distintos procesos electorales, de los que una parte saldrán elegidos concejales, etc.

Es costumbre decimonónica que en los partidos de corte presidencialista, el presidente del partido sea el cabeza de lista, el que va para alcaldable en nuestro caso. En los partidos no presidencialistas, esa costumbre hace que sea el Secretario General el cabeza de lista.

¿Significa esto que siempre tenga que ser así? Parece que no, a la vista de la vorágine general que pide en casi todos los partidos primarias para elegir a los cabezas de lista. Con más o menos éxito en los distintos partidos.

Centrémonos ahora en los partidos en Guriezo. Hasta hace bien poco el único partido con una estructura y organización bien definida era el PRC. Es un tipo de partido híbrido entre presidencialista y de secretariado general. El único presidente lo es el del partido en el nivel regional. En los pueblos se organizan a través de los comités locales que no tienen presidente, sino secretario general.

En el resto de partidos PP y PSC-PSOE, la estructura era un tanto deletérea, no tenían bien marcada con sus cargos esa estructura. El PP desde 2011 aproximadamente se dotó formalmente de esa estructura. Y el PSC-PSOE prefiere, por cuestiones prácticas, seguir con una estructura de menores cargos; donde un equipo de siete personas dirige la política general del partido, con un portavoz que la transmite. Esta forma evita personalismos y jefaturas que nos parecen nocivos en la política. Cómo se organiza PALGUR, que no debemos olvidar que ahí están, lo desconocemos todavía por su novedad.

Los Grupos municipales.

En cada proceso electoral, como ya saben, los partidos presentan unas listas. Una serie de personas que, en una lista cerrada (11 obligatoriamente en Guriezo, los reservas son optativos), son propuestas por cada partido. Los electores votan a la lista completa y dependiendo del número de votos obtenidos por cada lista, saldrá el conjunto de los concejales que elegirán cuál de ellos será el alcalde.

En la actualidad, al inicio de la legislatura, los once concejales se agruparon en los grupos municipales correspondientes. Esto es, el Grupo municipal regionalista; el Grupo municipal popular y el Grupo municipal socialista.

La pregunta es ¿cada grupo municipal es el partido correspondiente? La respuesta es, no. Los grupos municipales no son el partido, son los cargos electos de un partido en el ayuntamiento y normalmente, forman parte de algún órgano del partido (comité ejecutivo o similar). Para que se hagan una idea, tomando de nuevo como ejemplo el PRC.

El grupo municipal regionalista, ostentaba la alcaldía. La alcaldía es un órgano unipersonal del gobierno municipal y preside los Plenos; por lo tanto, el grupo municipal regionalista debía tener un portavoz oficial del grupo municipal distinto del alcalde. Al igual el PP y el PSC-PSOE tiene cada quien su portavoz. Portavoces del grupo municipal en el ayuntamiento, que no tiene por qué coincidir con el portavoz del partido. Que en pueblos pequeños como el nuestro coincidan los portavoces del partido y del grupo municipal es lo más corriente. Pero en el PSC-PSOE no queremos que sea así, para evitar jerifaltes salvapatrias y liderazgos pseudoreligiosos.

Concordancias y discordancias

En todo grupo humano que se precie hay cosas en las que, sus miembros, están de acuerdo y/o desacuerdo, en mayor o menor medida. Dónde solo hay el “todos a una” o como los tres mosqueteros “uno para todos y todos para uno”, hay un grave problema. Quien toma las decisiones no es el acuerdo del partido sino ese “uno”. Su opinión se hace ley, manda y ordena, impera como emperador; por lo que no deja de ser un dictador (porque dicta) y el resto la masa borreguil que se tira al mar y no nada, si así se lo ordenan.

Eso no nos pasa a los socialistas guriezanos. Por eso en ocasiones el grupo municipal que solo tiene un concejal, por culpa de ustedes (perdón por la ironía), no concuerda con el partido y, con entera libertad vota lo que en conciencia entiende mejor y más necesario. El partido marca unas líneas generales y el grupo municipal las lleva adelante como mejor entiende. Por eso mismo, el diálogo, las discusiones son una gozada en el partido y mejor serían las discusiones dentro del grupo municipal si éste fuera de dos, tres o cuatro personas (en sus manos está que así sea a partir del 24 de mayo).

Para comprender las diferencias entre el partido político y los grupo políticos municipales o locales, es conveniente leer el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, más conocido por ROF (Real Decreto 2568/1986), del que les dejo los artículos al respecto y que ustedes pueden leer entero y toda la legislación local en este ENLACE y descargarse el archivo en PDF y ePUB gratuitos, cada vez que lo necesiten, actualizado día a día gracias al BOE.


CAPÍTULO II
Grupos Políticos

Artículo 23.
1. Los miembros de las Corporaciones Locales, a efectos de su actuación corporativa, se constituirán en grupos.
2. Nadie puede pertenecer simultáneamente a más de un grupo.

Artículo 24.
1. Los grupos políticos se constituirán mediante escrito dirigido al Presidente y suscrito por todos sus integrantes, que se presentará en la Secretaría General de la Corporación dentro de los cinco días hábiles siguientes a la constitución de la Corporación.
2. En el mismo escrito de constitución se hará constar la designación de Portavoz del grupo, pudiendo designarse también suplentes.

Artículo 25.
De la constitución de los grupos políticos y de sus integrantes y portavoces, el Presidente dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre tras cumplirse el plazo previsto en el número 1 del artículo anterior.

Artículo 26.
1. Los miembros de la Corporación que adquieran su condición con posterioridad a la sesión constitutiva de la Corporación deberán incorporarse a los grupos, conforme a las reglas acordadas por la Corporación.

Artículo 27.
En la medida de las posibilidades funcionales de la organización administrativa de la entidad local, los diversos grupos políticos dispondrán en la sede de la misma de un despacho o local para reunirse de manera independiente y recibir visitas de ciudadanos, y el Presidente o el miembro de la Corporación responsable del área de régimen interior pondrá a su disposición una infraestructura mínima de medios materiales y personales.

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