Cuando el 14/03/2012, en Sesión Plenaria extraordinaria y urgente, nuestros insignes aprobaron por unanimidad el reconocimiento de ciertas deudas; negando el reconocimiento de otras.
Concretamente, no quisieron reconocer las deudas que ASCAN, S.A., les pasó del período 2004 – 2007, que ascienden a un montante de 358.279,66 Euros. Los argumentos para no aceptar esa deuda ascanera son devastadores.
La relación de facturas, ¿¡ahí va!?
Factura nº | fecha | importe |
GUR-060/07 | 31/08/2007 | 3.535,80 |
GUR-0027/08 | 31/03/2008 | 25.900,19 |
GUR-0026/08 | 31/03/2008 | 217.189,70 |
GUR-22/10 | 11/05/2010 | 14.385,46 |
GUR-21/10 | 11/05/2010 | 32.217,87 |
GUR-20/10 | 11/05/2010 | 65.050,64 |
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| TOTAL | 358.279,66 |
A la primera de las facturas, el Pleno por unanimidad responde: “En relación a la factura nº GUR-060/07 de fecha 31/08/2007 por importe de 3.535'80 € .No reconocer la misma al no existir en el Ayuntamiento de Guriezo expediente de contratación administrativa de la obra, ni encargo a cargo del canon de obras del concurso, no constando tampoco en la administración municipal la efectiva realización de la obra descrita”.
Vemos pues que ASCAN, S.A., manifiesta haber reealizado una obra, sin que el Ayuntamiento la hubiera sacado a concurso. Lo que es peor, sin saber nuestro ayuntamiento que se realizaba la obra, ni siquiera tener constancia de que dicha obra se haya realizado. Tampoco consta que dicha “inexistente obra” pudiera ser cargada a los 700.000 euros del contrato, la empresa tenía que haber realizado. Esto en sí, es un grave atentado a las condiciones contractuales. Motivo, por tanto, de la apertura de un Expediente Sancionador. Expediente que nadie a abierto hasta la fecha.
Conviene recordarles que las fechas de facturación van referidas al momento en que ASCAN las ha presentado en el Ayuntamiento. Que en su momento (2004 -2007, Izaguirre Alcalde), ASCAN no las presentó, vayan ustedes a saber los motivos. Y el mejor ejemplo es la segunda de las facturas.
En el informe jurídico se explicita que: “En relación a la factura 27/08 de fecha 31/03/2008 por importe de 25.900'19 €. No reconocer la misma dado que según estipulala claúsula 19 del pliego de condiciones económico-administrativas aprobado para la adjudicación de dicha concesión, se iniciaria el dia 1 de Enero de 2006, por lo que no cabe reclamar por dicho concepto respecto al año 2005. No habiéndose aprobado por la concesionaria propuesta al Ayuntamiento de la revisión de las tarifas conforme al IPC”.
Para que nos entendemaos. ASCAN podía haber pedido la subida de tarifas, respecto del IPC al Ayuntamiento (Cláusula 19 de las condiciones económico administrativas de la concesión), pero no lo ha hecho nunca. Por ese desfase tarifario reclama la friolera de 25.900,19 €. Pero les recuerdo que ASCAN nos factura a año vencido, casi. Por lo que la subida de 2 céntimos de € en agua potable y de 1 céntimo de € en alcantarillado, que nunca aprobó el Ayuntamiento, puesto que ASCAN no la ha pedido todavía, y que nos empezaron a aplicar en 2007, por las facturas de 2006; se demuestra que ha sido un robo de ASCAN permitido por el Ayuntamiento. Un robo continuado hasta el día de hoy mismo, cuando esto les escribo. Pero además, este robo descarado, pretende ser doble robo; al reclamarle al Ayuntamiento lo que ya nos han cobrado a nosotros. Sin embargo el Ayuntamiento no quiere reconocer esa deuda y no la reconoce, pero no se molestó en argumentar lo mismo cuando lo hemos reclamado los vecinos. Si va a ser verdad que tanto Garma y mucho más Izaguirre tienen una cara que se la pisan. Como ustedes saben, por estos latrocinios, nunca el Ayuntamiento ha abierto el correspondiente Expediente sancionador. Y ya van dos incumplimientos graves de las condiciones de la concesión. Sigan leyendo que tiene su miga.
La factura tercera, que fue segunda en orden de aprobación y por unanimidad de nuevo, dice el informe jurídico: “En relacian a la factura Factura, nO GUR-0026/08 de fecha 31/03/08 por importe de 217.18970 €. No reconocer la misma al no constar en el Ayuntamiento de Guriezo resolución y/o instrucción alguna a la concesionaria para la no facturación de la tasa por el servicio de alcantarillado, por lo que la cantidad reclamada no debe ser facturada al Ayuntamiento. Estando ante un incumplimiento de la concesionaria al no girar el pago de los recibos a los abonados por la tasa de alcantarillado, a lo cual esta obligado el concesionario. No pudiendo desconocerse por la concesionaria que hasta el mes de enero del año 2006 no entró en funcionamiento la Estación de Depuración de Aguas residualde de Guriezo, por lo que era imposible el cobro de cantidad alguna por la depuración de aguas residuales”.
Ya ven ustedes pues, que mientras a ustedes les han cobrado siempre el alcantarillado, algunos sin tenerlo todavía, ASCAN pretende cobrarlo doblemente. Y el Ayuntamiento no solo se llama a andanas sino que le dice a ASCAN que el cobro a los usuarios, vecinos, aunque fuera imposible el cobro antes de la primera factura de 2006, cuando entró en funcionamiento la depuradora.
Pero fíjense en la incongruencia que plantea el Ayuntamiento aprobando el Alcalde por Decreto los padrones de abonados y facturación que ASCAN le presenta, diciendo que: “al no constar en el Ayuntamiento de Guriezo resolución y/o instrucción alguna a la concesionaria para la no facturación de la tasa por el servicio de alcantarillado”. En qué quedamos, ¿es un Decreto de Alcaldía una resolución o no lo es? Sabemos que sí. En dicha resolución es dónde el Alcalde le aprueba y da instrucciones para que ASCAN facture o no lo que la propia ASCAN le presenta para facturar. Y ya van tres graves faltas de ASCAN a las condiciones contractuales sin que nuestros “buenos gestores” supinos tronchapeines hayan abierto el correspondiente Expediente sancionador.
La cuarta factura no reconocida por unanimidad de nuestros prevostes, dice así el argumentario: “En relación a la factura 20/10 de fecha 11/05/2010 por importe de 65.050'64 €. No reconocer la misma al no existir en el Ayuntamiento de Guriezo la justificación por parte del concesionario de la insuficiencia de las captaciones municipales y de la necesidad de la compra de agua al Gobierno de Cantabria, que exige al concesionario en la cláusula 15ª h) del Pliego de Condiciones Económico-Administrativas, lo que es un requisito imprescindible para reconocer la posibilidad de repercutir el coste de compra en las tarifas del servicio mediante su oportuna actualizacion. No estableciéndose en la propuesta economica de la concesionaria (punto 4.2.9) como coste de la explotación del servicio cantidad alguna por dicho concepto. En todo caso no es posible gravar con el IVA el coste de la compra de agua en factura separada, a no ser dicha cantidad una retribución del concesionario y por lo tanto no sujeta a IVA, sino una recuperación de un gasto que se ha de repercutir mendiante la correspondiente propuesta de actualización de tarifas”.
Para que nos entendamos. ASCAN le compra, en ocasiones, agua a la Autovía del Agua (Gobierno de Cantabria), sin justificar en ningún caso que tuviéramos problemas de suministro mediante nuestras propias captaciones. Además, por compra de agua, no tiene posibilidad de cargarle el IVA. Es curioso esto. Y era un asunto, el IVA, que yo tenía durmiendo el sueño de los justos; pues era más importante la supresión de los ilegales 45 m³. Batalla más jugosa y perentoria que el cochino IVA. Y con esta van cuatro graves faltas del concesionario contra el Pliego de condiciones económico administrativas. Todo ello claro está, sin que nuestros tragapanes hayan iniciado ni uno solo de los expedientes sancionadores necesarios.
La quinta factura, rechazada por unanimidad, se justifica de la siguiente manera: “En relación a la factura nº GUR-21/10 de fecha 11/05/2010 por importe de 32.217'87 €. No reconocer dicha factura al haber facturado el concesionario un supuesto desequilíbrio económico de la concesión, calculado de manera unilateral por el concesionario, cuando la existencia y el calculo en su caso del desequilibrio económico de una concesión corresponde a la administración contratante, conforme establece el arto 248 del RDL 2/2000 (aplícable a esta concesión), ademas dentro de las medidas de restablecimiento del desequilibrio económico de una concesión no se contempla el pago por la administración de cantidad alguna”.
Después de todo lo que nos han venido robando, además se atreven a pedirnos más a través de nuestro Ayuntamiento. Y no ven que aquí se produce el quinto atentado grave contra el interés general. Falta grave que, en todo caso, era motivo para la apertura del quinto expediente sancionador. Pero qué va.
La sexta factura, se justifica su no reconocimiento por unanimidad de la forma siguiente: “En relación a la factura nº GUR-22/10 de fecha 11/05/2010 par importe de 14.385'46 €. No reconocer la misma al haber facturado el concesionario un supuesto desequilibrio económica de la concesión calculado de manera unilateral par parte del concesionario, cuando la existencia y el cálculo en su casa del desequilibrio económica de una concesión corresponde a la administración contratante, conforme establece el articulo 248 del RDL 2/2000(aplicable a esta concesión), ademas dentro de las medidas de restabiecimiento del desequilibrio económico de una concesión no se contempla el pago por la administración de cantidad alguna”. O lo que es lo mismo, corregilla y no enmendalla. Tanto por parte de ASCAN como por parte del Ayuntamiento, quien aún no ha iniciado el sexto expediente sancionador.
Y por último, para ponerle la guinda al pastel, pasen y vean al mono que hace media, que hace media hora que se fue y no ha vuelto. Pasen y vean el argumento que, como norma general sirve para todas y cada una de las facturas, además de la particularidad que en cada una ya han visto. Y dice así: “Con carácter general para todas las facturas se ha de señalar que la concesionaria no ha procedido a abonar nunca al Ayuntamiento de Guriezo el Canon anual variable de la Concesión (0'0652 €/m3 facturado, actualizado a partir del 1/1/2006 en el IPC), ni ha realizado las obras necesarias para el cumplimiento del Canon de Obras de Interés municipal, ni ha liquidado la parte que corresponde al Ayuntamiento de Guriezo en las Tasas por enganche a la red de alcantarillado y abastecimiento de agua e instalación suministro de contador. Siendo todo lo mencionado anteriormente incumplimientos muy graves de la concesionaria, suponiendo la existencia a favor del Ayuntamiento de Guriezo de un derecho de crédito sobre la concesionaria, que no puede ser en este momento determinado exactamente por el Ayuntamiento, al no haber aportado la concesionaria al Ayuntamiento los informes trimestrales y anuales y las cuentas anuales a los que le obliga la claúsula 21 del pliego de prescripciones económico-administrativas”.
O séase. A nosotros ASCAN nos ha venido girando las facturas. A los que no pagaban les fueron cortando el agua paulatina e ilegalmente, menos a mí, también es cierto. Mientras ellos, con la connivencia de nuestros tuercebotas, no realizaron las obras o parte de ellas que tenían que haber hecho con los 700.000 € previstos en el contrato. Digan conmigo: ¡Bien! Por supuesto, nunca han pagado el canon del 1% que tenían que haber pagado al Ayuntamiento. Y viendo que aprueban que no les reconocen esas facturas porque todo ello son: “incumplimientos muy graves de la concesionaria” no se dignan en abrir el correspondiente expediente sancionador. ¿Pero qué raza de desgarramantas son estos?
Pero hay más, faltaría más que no hubiera más. Aprueban por unanimidad que no les reconocen esas seis facturas, porque: “suponiendo la existencia a favor del Ayuntamiento de Guriezo de un derecho de crédito sobre la concesionaria, que no puede ser en este momento determinado exactamente por el Ayuntamiento, al no haber aportado la concesionaria al Ayuntamiento los informes trimestrales y anuales y las cuentas anuales a los que le obliga la claúsula 21 del pliego de prescripciones económico-administrativas”. Y miren ustedes por dónde. Si a uno de ustedes se le olvida pagar un impuesto cualquiera, al poco tiempo les llega el impuesto con el recargo del 20%; si así y todo no lo pagan, les viene el Ayuntamiento y les bloquea su cuenta bancaria, en vía de apremio, hasta saldar la deuda con el 20% de recargo y los costes de tramitación. Sin embargo con ASCAN ni siquiera se lo han reclamado nunca. ¿Dónce estaban nuestros buenos gestores? ¿Cuánto se han desvelado por conseguir todos esos dineros de ASCAN? Hasta reconocen los muy desgarramantas que no son capaces de saber, a fecha de 14/03/2012, a cuanto asciende la deuda que ASCAN tiene con el Ayuntamiento. ASCAN no envía los informes trimestrales y no se los reclaman. ¿Cómo les iban a enviar los anuales? ¿Cómo iban a reclamar los anuales?
En el próximo capítulo seguiremos con las facturas, las no reconocidas. Que todas adolecen del mismo problema: “no existir en el Ayuntamiento de Guriezo expediente de contratación administrativa de la obra”.
Ya ven ustedes, pues, que no es que la situación económica de Guriezo sea “nada halagüeña”. Ingresos hay suficientes, a pesar de que con ASCAN, han dejado de ingresar varios cientos de miles de euros desde 2004 al día de la fecha.
Si esos ingresos los hubieran controlado y realizado a tiempo, en nada tendrían base nuestros tuercebotas, para haber recortado las ayudas a las compras de libros de texto, para subirnos el IBI; y mucho menos para meterse ahora en la ruina que supondrá un Plan de Ajuste que no necesitamos y que nos endeudará, ahora sí, con una deuda viva durante 10 años. Un paln de Ajuste al que no podrán añadir los dineros que nos debe ASCAN, que no pueden ser pocos en los 8 años que lleva ASCAN chuleándonos.
Y estos se nos presentan como buenos gestores, desvelados por la situación nada halagüeña, que trabajan noche y día sin descanso y con tesón… ¿Dónde, cómo, cuando, qué…? No son capaces de llegar a saber cuánto nos debe ASCAN, por holgazanes, porque no se han molestado en saberlo, porque les da igual. Lo importante ahora es endeudarnos en 600.000 Euros. Raza de cebollinos.
Lo mismo que el Sr. Llano Jr., en su día, nos decía qué alguno teníamos que pagar las facturas del Sr. Sierra le preguntamos ahora ¿Quién tiene que pagar las facturas de las obras que sin expediente de contratación alguno realizó el Sr. Izaguirre? ¿Dónde está el expediente de contratación para las obras de reparación del achicharrado ayuntamiento? Una vez más a contratado, sin procedimiento alguno, a la empresa que le ha venido en gana. Les sugiero que lean también a este respecto “Guriezonews”.
Los peseteros poltroneros no cejarán (pero ¿les conviene?), yo tampoco.
Un saludo y corred la voz.
2 comentarios:
Esto requiere una dimisión en pleno de nuestros representantes políticos, por ineptos y por haber propiciado el expolio al que estamos sometidos. Dimisión ya!!!! A ver que dice ahora el concejal de hacienda, tan gallo que estaba nada más tomar cargo, echando la culpa a los anteriores del tema del agua. Ineptos, incompetentes, farsantes. Gracias por mantenernos informados al detalle. Salud
No me des las gracias, es obligatorio. Quien conoce algo tiene la obligación de ponerlo en conocimiento de los demás. Es la única forma de que todos podamos tomar nuestras propias decisiones.
Salud, compañero.
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