miércoles, 14 de diciembre de 2011

QUE TANTO TRAGUÉ, QUE TANTO HAS TRAGADO, QUE TANTO TRAGUÉ CON CONSORCIO CADUCADO


Si la noticia que hoy, 14 de diciembre fun fun fun, publica “El Piario Montañés”, sobre los montes de Cantabria, fuera cierta me echaría a reir y a llorar al mismo tiempo. Díficil realmente, si pensamos que los varones tenemos una sola neurona. Pero como presumo, a mucha honra, de tener no ya una neurona sola; sino una sola partícula de sodio, aunque bien apañadita e interrelacionada muy bien consigo misma, a lo mejor lo consigo. O lo conmigo, que tal y como está el patio…

Los ingenieros, sean de montes, mecánicos o electrónicos, se llaman así porque se las tienen que ingeniar para que los distintos ingenios funcionen. Tarea ardua y nada mollar. Pero sobre todo si quien les marca las pautas políticas carece de lo más mínimo. Esto es, eso que llamamos el sentido común. Ese sentido que nos indica que las leyes están para ser cumplidas.

LA NOTICIA

Gastar el doble en tiempos de crísis

Nos cuentan que el Gobierno de Cantabria, es un decir,  quiere contratar un equipo de ingenieros de montes, para que se dediquen en exclusiva a dar solución a los problemas de propietarios de parcelas en montes públicos y consorciantes, afectados por la Ley de Montes. La idea, el proyecto, sería fantástico si la Consejería del ramo no los tuviera. Pero los tiene y muy buenos. Diría que son los mejores ingenieros posibles. Cuando menos fueron los que aprobaron las oposiciones, demostrado que eran los mejores entre los que se presentaron. Por lo tanto, ya que hablan de crisis y de reducir el gasto, no estaría de más que lo confiaran a quienes han demostrado ser los mejores y que ya cobran un sueldo por realizar ese mismo trabajo.

¿Cuál es el motivo entonces, para una iniciativa de este pelo? La Consejería de ramajes eucalipteros y ambiente demediado, sabe que tiene los mejores técnicos en la materia y conoce, de primera mano, los cientos, miles, de informes que esos ingenieros han elaborado en el transcurso de esta década sobre el asunto de los consorcios y las propiedades privadas inmersas en los montes de utilidad públicos.

El Gobierno de Cantabria sabe, pues no puede no conocer, que hacer una nueva “comisión de expertos” no es más que echar balones fuera. Entretener el balón en un partido donde nadie quiere perder y jugar al “tuya, mía, tuya, mía, te la presto ¡acaríciala!”. Sabe que es perder el tiempo para no perder votos. Ese es el voto cautivo en Cantabria.

Se acordarán que ya el PRC, dominando la Consejería, dejó aparcada la Ley de Montes regional, para evitar la pérdida de votos. Los electores se les echaron encima.

Por eso mismo, ahora, el PP pretende esta jugada dilatoria y cual prestidigitador, se saca de la chistera el conejo de demorar la solución.

LOS DOS INFORMES JURÍDICOS

La usucapión

La usucapión es una forma posible de hacerse con la propiedad. Se lo explico con un ejemplo. Supongamos que yo le presto a uno de mis lectores una casa que tengo vacía. Le hago un favor. Le cedo el uso y disfrute de esa vivienda sin precio, sin alquiler. Gratis. Pongan que soy generoso y no necesito esos posibles ingresos. Pongan que el otro es mi amigo y está atravesando una situación peor que la imaginable por llegar.

Como quiera que yo no necesito nada y eso me sobra, pásate día que otro vendrá, se pasan 30 años, sin que yo le reclame la devolución de mi casa. Pongan que ya me he muerto y mis descendientes no tienen interés en reclamar la cosa. Pongan que mi amigo también murió y sus descendientes siguen habitando, pacíficamente esa casa propiedad de mis descendientes por herencia.

Los descendientes de mi amigo, en vista de que nadie les reclama la propiedad y que desde tiempo, casi inmemorial, usan y disfrutan de ese bien, hacen las gestiones necesarias para hacerse con esa propiedad que de hecho y de derecho es ya suya. Y al final, consiguen la propiedad por usucapión. Esto es, por uso y disfrute pacífico de un bien durante el tiempo exigido por la ley.

Esto, el ejemplo, era un bien privado ¿Pero qué ocurre si los bienes son públicos? Si mi amigo, en vez de tenerme por amigo, y ante la necesidad de vivir bajo techo ocupa un terreno público o edificio público y nadie se lo reclama en el tiempo establecido. Pues ocurre que puede llegar a obtener la propiedad por usucapión, de la misma forma que dijimos antes. Hemos de precisar que estamos hablando de bienes públicos patrimoniales (propiedad del Ayuntamiento, Provincia, Gobierno regional, Gobierno estatal).

Sin embargo si los bienes ocupados pacíficamente, durante el tiempo que exige la Ley, fueran bienes comunales o montes catalogados de utilidad pública, no se podría obtener la propiedad por usucapión. Y les explico el motivo.

Desde la desamortización de Madoz, los ingenieros de montes españoles, que ya existían, se hicieron un lobby maravilloso, evitando que todos los montes públicos se vendieran para llenar las arcas del Estado que estaban vacías. Consiguieron además que se hicera una buena Ley de Montes que, a pesar de ir cambiando en el tiempo, siempre conservó algo maravilloso como fue la conservación a divinis de los montes públicos: Los montes del dominio público forestal son inalienables, imprescriptibles e inembargables y no están sujetos a tributo alguno que grave su titularidad”.

Inalienables: que no se pueden vender.

Inembargables: que por mucho que las pasemos putas y en el Ayuntamiento no hubiera un duro, debamos lo que debamos, nos embarguen hasta las zapatillas de andar por casa, nuestros montes no serán embargados.

Imprescriptibles: Por más que los ocupen, por el tiempo que les venga en gana a los okupas, se recuperan sin necesidad de acudir a ningún juez. Que no puede cambiar la propiedad pública a propiedad privada por usucapión.

Por eso mismo, parece absurdo que el Gobierno, es un decir, peperoregional intente trabajar en un informe sobre la usucapión de los bienes públicos catalogados de utilidad pública.

Ahora bien, si lo entendí bien en su momento y no me confundo, el problema es otro al decir de los perjudicados. No se trataría de usucapión en sentido lato. Se trataría de parcelas enclavadas en los montes públicos, pero de propiedad privada. Propiedad adquirida mediante compraventa de buena fe.

Dentro de este grupo de “propietarios” nos encontramos también con dos grupos bien distintos:

1.   – Los que tienen documentos de propiedad, con o sin inclusión en el Registro de la Propiedad.

2.   – Los que no tienen documentos de propiedad y no están incluidos en el Registro de la Propiedad.

Los primeros tienen el problema que la Consejería del ramaje aucaliptal, ya con el gobierno PRCSOE, no se les reconocían esos documentos si eran posteriores al año de cachupín. Cuando la norma incluyó la salvaguarda de los montes públicos. Esa que les dije antes de: Los montes del dominio público forestal son inalienables, imprescriptibles e inembargables y no están sujetos a tributo alguno que grave su titularidad”.

Lo más probable es que los propietarios actuales, sus progenitores, etc, compraran de buena fe unos terrenos públicos, vendidos con muy mala fe y en fraude de Ley. Y ahora se encuentran con que, no tienen la herencia esperada y disfrutada toda su vida, o no tienen la propiedad que compraron de buena fe.

¿Cómo se soluciona esto si no hay posibilidad de la usucapión? De mala manera, porque alguien saldrá perjudicado. Puesto que por encima del interés particular, sin contar la venta, no la compra, fraudulenta, se encuentra el interés general y la ley que impide la alienación, la prescripción y el embargo de esos bienes.

Los segundos lo tienen todavía peor. Para la Ley son simples okupas. Y da igual el tiempo que lleven ocupando pacíficamente esos terrenos. Se tendrán que ir, con una mano delante y otra detrás, pues la usucapión no es posibles.

Los Consorcios o Convenios

Esta es la patata caliente que nadie quiere tener en mano. Esta es la mala moneda que de mano en mano va y ninguno se la queda. La madre del cordero, el voto cautivo, la trampa de la peli de chinos que lleva en sí misma muchas más trampas.

En principio esos consorcios o convenios eran, convenios de repoblación. Quiere decir esto que el negocio, legal, era repoblar los montes que estaban calvos. Se plantan los arbolitos, se les deja crecer, se les desbroza el rededor para que crezcan mejor y cuando llega su momento se les corta. Una parte de los beneficios van a resarcir ese esfuerzo hecho por el particular y otra parte se usa para mejoras de los montes y para beneficio de todos los ciudadanos a través del Ayuntamiento. Para que el negocio sea medianamente justo, esto se prolonga por cuarenta y cinco años, de forma que el esfuerzo se vea de verdad compensado. Hasta aquí nada ni nadie tenemos que objetar.


El problema se suscita cuando caducado el tiempo de duración del negocio, el particular quiere seguir disfrutando del mismo y quien debe velar por el interés general no quiere perder los votos. Entonces todos se cuentan mentiras del tipo: “los he prorrogado, los he renovado”.

Pero saben que es mentira, que la Consejería del ramaje ucaliptero nunca aprobará, siendo su competencia, esas prórrogas y esas renovaciones. Y no lo hará, porque el negocio es imposible.

En primer lugar, es imposible, porque no existe el negocio como tal. Ha dejado de existir desde el mismo momento en que se plantaron las parcelas y una vez que se pasaron los años.

En segundo lugar. Por eso mismo no se puede dar la prórroga. Para prorrogar el convenio o consorcio no podía haber caducado el convenio o consorcio. Y caducó. Pero es que tampoco se puede prorrogar un convenio o consorcio, aún no caducado, porque el motivo del negocio: Repoblar, no se puede hacer puesto que el monte está ya repoblado.

En tercer lugar. Por eso mismo no se puede renovar. Para renovar un convenio o consorcio, tenía que haber caducado el convenio o consorcio primero. Y caducó. Pero es que tampoco se puede renovar un convenio o consorcio si el motivo del negocio es: Repoblar, no se puede hacer puesto que el monte está ya repoblado.

¿Qué solución puede tener esta situación? Mala muy mala. La única solución posible es que los ayuntamientos propietarios de los montes hicieran nuevos convenios o consorcios. Pero éstos no podrán ser de Repoblación. Ya dijimos que los montes están repoblados y, por tanto, es un negocio imposible, tal y como está previsto y prohibido en el Código Civil.

Los nuevos convenios o consorcios tendrán que ser de Explotación. Pero esta posible solución no satisface ni a los particulares, que no podrán acceder a esos convenios o consorcios, ni a nuestros politiquillos, que no conseguirán así tener o mantener el voto cautivo. Las empresas no votan.

Los convenios o consorcios de explotación, visto que prórrogas y renovaciones son imposibles, no pueden ser suscritos por los particulares como particulares. Los Ayuntamientos se verán obligados a explotar los montes por sí mismos o a sacarlos a concurso público, como le obliga la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Para poder participar en esos concursos públicos y obtener un convenio o consorcio de explotación, las empresas tienen que reunir unas condiciones que no se las salta un particular. Por lo que los particulares nunca podrán reunir esas condiciones exigidas y exigibles. El voto particular ya no estará cautivo.

Entienden ahora los motivos por los que siguen con el “tuya, mía, tuya, mía, te la presto ¡acaríciala! Y no le dan solución ninguna. Se sacan, nuevamente, de la chistera el conejito de “duracel” y siguen y siguen y siguen… seguimos con el eterno problema.

Por eso en Cantabria, sin temor a equivocarnos, podemos decir: PP o PRC la misma mierda es.

Los peseteros poltroneros no cejarán (pero ¿les conviene?), yo tampoco.

Un saludo y corred la voz. 

PS.: También el diario "Alerta" les alerta de la cosa.


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