En varios medios de comunicación vimos, el pasado día veinticinco de julio, como el Sr. Martín a la sazón Consejero de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria pedía, en la UIMP, que se suprimieran de una vez por todas el “mínimo en la factura doméstica del agua”. Según estas informaciones el problema es que esos mínimos incitan al despilfarro del agua. Cosa que el Consejero debe, por su propia responsabilidad institucional, tratar de evitar. Hasta ahí, nada que objetar. Felicidades al consejero de medio ambiente.
Para los que todavía no se han enterado de qué cosa sea ese “mínimo”, resulta ser que independientemente de lo que tú consumas de agua, los Ayuntamientos y/o las empresas gestoras de ese bien público te facturarán, te cobrarán, treinta o cuarenta o cuarenta y cinco metros cúbicos cada trimestre. Es un negocio redondo ya que si pensamos que cada cántabro, según las estadísticas, viene a consumir del orden de 165 litros de agua al día, al trimestre serán 14,85 metros cúbicos, por persona.
Ahora bien, si esa persona vive sola, resulta que consume 14,85 metros cúbicos al trimestre y le cobran, como en Guriezo, 45 metros cúbicos a 62 céntimos de euro el metro cúbico. El resultado es que paga el metro cúbico a 1,88 €; esto es 27,9 €, cuando en realidad debiera pagar 9,27€. No sé si se dan cuenta de que 27,9 es el inverso de 9,27; pura casualidad. En suma, le roban descaradamente 18,63€. Solo en agua potable, añádanle el IVA al 7% y la suma aumenta. Añádanle el saneamiento, una parte fija del Gobierno de Cantabria; y una parte variable sobre ese consumo irreal de 45 metros cúbicos a 41 céntimos de €, que le suponen 18,45 € más.
Pensemos y recordemos que consumía 14,85 metros cúbicos, por los que tendría que pagar en saneamiento 6,1 €. Le vuelven a robar otros 12,35 €. Esto es, le sale el metro cúbico de saneamiento a 1,24 €.
Y muchos dirán: ya, pero así están las ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Guriezo y de otros muchos, todos. Cierto.
Pero dichas ordenanzas van en contra de la Ley 44/2006 de defensa de los consumidores y usuarios; la Ley 1/2007 Texto refundido de las leyes de defensa de los consumidores y usuarios; y La Ley de Cantabria 1/2006, de 7 de marzo, de Defensa de los Consumidores y Usuarios, en las que se especifica que no se podrá cobrar servicios y productos que realmente no se han dado. Y esas normas obligan a las administraciones públicas a defender los derechos de los consumidores y usuarios, ciudadanos todos.
De hecho, la Consejería de Hacienda del Gobierno de Cantabria, tiene una Dirección General de Comercio y Consumo. A su vez, ésta, tiene una Servicio de Consumoy éste una Sección de defensa de los consumidores. En la página web de esta institución tienen una pregunta:
http://www.consejeriadeeconomiayhacienda.com/seccion/dg_comercio/serviciodeconsumo/derechosconsumidores/ampliar.php?Id_contenido=249.
Y ellos mismos se la responden o nos la responden.
Pues bien, la Asociación de Vecinos de Guriezo, si el Ayuntamiento no responde en el Pleno del día 30 de julio y adecua sus ordenanzas a las leyes, procederemos a comunicarlo a dicha Dirección General de Comercio y Consumo del Gobierno de Cantabria.
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