Nos cuenta el Alcalde, fuera
de tiempos además, que acaba de firmar el contrato para las obras previas de
construcción del Polideportivo. Obras de
"Soterramiento
de línea de media tensión y red de saneamiento separativo", con un
previsible coste de 112.450,31 euros.
Nuestro Alcalde debiera de saber, pues lleva en esto más
años de los deseables, que ese tipo de obra y con ese montante de euros se ha
de sacar a concurso público. No lo hemos visto publicado en el BOC la
convocatoria y no lo encontramos en la Plataforma de Contrataciones públicas.
Por si lo ha
olvidado le recordaremos que la
Ley de Contratos del Sector Público, en su artículo 138.3
dice textualmente: “…Se consideran
contratos menores los contratos de importe inferior a 50.000 euros, cuando se
trate de contratos de obras,…”. Lo que significa que estamos hablando de
contrato mayor. Por otro lado está el “Artículo
139. Principios de igualdad y transparencia. Los órganos
de contratación darán a los licitadores y candidatos un tratamiento igualitario
y no discriminatorio y ajustarán su actuación al principio de transparencia”. El
artículo 142 habla de la publicación de la licitación de las obras en el
correspondiente boletín oficial.
Nada de todo esto
se ha hecho ni respetado. Pero hemos de recordar que la licitación para la
construcción del polideportivo se encuentra suspendida. Se publicó en el BOC núm.
190, de 3 de octubre de 2014 y en la Plataforma de Contrataciones públicas el
7/10/2014 y diez días después, el 17/10/2014, se publicó en dicha plataforma la
suspensión del procedimiento; como recordarán por el recurso contenciosos
administrativo que plantearon los constructores de Cantabria por trato desigual
y falta de transparencia del artículo 139.
Que lo anuncie,
precisamente ahora, cuando acaba de salir publicado ayer el “Real Decreto
233/2015, de 30 de marzo, por el que se convocan elecciones locales…” suena más
a publicidad engañosa de cara a las elecciones del próximo 24 de mayo. Y
decimos esto porque sabe que tiene prohibido hacer este tipo de anuncios en período
electoral y así lo dice la
Instrucción 2/2011, de 24 de marzo, de la Junta Electoral
Central:
“Primero. Respeto a los principios de objetividad, transparencia e
igualdad.
1. Durante el
periodo electoral, los poderes públicos no podrán realizar ninguna campaña
institucional que atente contra los principios de objetividad y transparencia
del proceso electoral y de igualdad entre los actores electorales, principios
que deben ser efectivamente garantizados por la Administración
electoral, como dispone el artículo 8.1 de la LOREG.
2. Se entiende por periodo electoral el comprendido entre
la fecha de publicación de la convocatoria de las elecciones en el boletín
oficial correspondiente y el día mismo de la votación”.
“Segundo. Prohibición
de campañas de logros y de campañas con determinadas imágenes o expresiones.
1. Según establece
el artículo 50.2 de la LOREG,
«desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda
prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por
los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros
obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a
las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas
concurrentes a las elecciones».
2. Deben
entenderse comprendidas en dicha prohibición, entre otras actividades, la
edición y reparto durante el periodo electoral con financiación directa o
indirecta de los poderes públicos, de libros, revistas, folletos, cuadernos,
catálogos, trípticos, soportes electrónicos (cd, dvd, memorias usb, etc...);
el envío de correos electrónicos o de mensajes sms; la distribución de
contenidos por radiofrecuencia (bluetooth), o la inserción de anuncios en
los medios de comunicación, que contengan alusiones a los logros obtenidos por
cualquier poder público, o que utilicen imágenes, sintonías o expresiones
coincidentes o similares a las empleadas en sus propias campañas por alguna de
las entidades políticas concurrentes a las elecciones”.
Y con esto vemos
cómo nos presenta como un logro, alegalmente, lo que es una trampa más a las
que ya nos tiene tan acostumbrados.
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