martes, 17 de marzo de 2020

Anda nuestro Alcalde más vivo que el Covid19 ese


Aunque estoy ya jubilado, por deformación profesional que no consigo apearme, en ocasiones veo muertos. Perdón, quería decir que sigo levantándome, en ocasiones, a horas intempestivas y me da por la lectura del BOC. No es como leer a Gonzalo Torrente Ballester, divertido y ameno, ingenioso siempre.
Y ustedes dirán, vale sí ¿Y…? Lean con atención pinchando en el enlace y descubrirán con ternura que nuestro Sr. Alcalde, D. Ángel Llano Escudero en representación de Gurvalley, S.L., se autotramita un expediente de solicitud de la licencia de actividad, en unas parcelas que aún no hay nada. Curioso, empezar la casa por el tejado. Parcela 6 y Parcela 7; junto al polideportivo.
Ley de Bases de Régimen Local:
Art. 21. q): El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local.
Artículo 76: Sin perjuicio de las causas de incompatibilidad establecidas por la Ley, los miembros de las Corporaciones locales deberán abstenerse de participar en la deliberación, votación, decisión y ejecución de todo asunto cuando concurra alguna de las causas a que se refiere la legislación de procedimiento administrativo y contratos de las Administraciones Públicas. La actuación de los miembros en que concurran tales motivos implicará, cuando haya sido determinante, la invalidez de los actos en que hayan intervenido. [El subrayado es nuestro].
CÓDIGO EUROPEO DE CONDUCTA PARA LA INTEGRIDAD POLÍTICA DE LOS REPRESENTANTES LOCALES Y REGIONALES ELECTOS
Artículo 10 - Conflicto de intereses Cuando los representantes electos tengan un interés personal directo o indirecto en cuestiones que estén siendo estudiadas por consejos locales o regionales o por organismos ejecutivos, deberán comprometerse a hacer públicos dichos intereses antes de que se produzcan las deliberaciones y se proceda a cualquier votación.
Los representantes electos deberán abstenerse en cualquier deliberación o votación de una cuestión en la que tengan un interés personal, ya sea directo o indirecto.
Quiero decirles con esto, que el Alcalde puede iniciar todos los negocios que crea convenientes. Faltaría más. Lo que está feo es que no se haya inhibido en la tramitación y ejecución de su propia solicitud. Las formas son importantes, muy importantes. El conflicto de intereses es tal, de tamaña grosería, que no resiste una arcada.
Ahora puede que entiendan los motivos de modificar la ordenanza de construcciones y obras, bajando ese impuesto a todos aquellos que realicen una obra superior a 100.000,00 €, de lo que ya les hable en mi articulillo de 10 de enero intitulado “IMPUESTOS, PRESUPUESTOS, POLIDEPORTIVO. UNAS TROLAS MÁS. Y VAN...” Un ahorro en impuestos que se auto concede, pero se lo vendió como un bien para ustedes. Igualito que cuando modificó la ordenanza fiscal de la basura, allá por el 14 de agosto de 2013 se lo dije en el apartado “PERO HAY MÁS, SIEMPRE HAY MÁS”, de  mi articulillo intitulado “LA BASURA, LAS TASAS, LA AGENDA 21 LOCAL Y OTRAS PRENDAS DEL LUGAR” subiendo la tasa a todo el mundo y bajándosela a los Alojamientos colectivos (hoteles, fondas, residencias...). Seguro que les suena de algo y otro conflicto de intereses.
Por si alguno quisiera investigar más, le aproximo los datos:
GURVALLEY, S. L. se creó el 09/08/2018, tiene domicilio social en Los Peñales y como administrador único a D. Ángel Llano Escudero. Esta empresa tiene publicados 3 actos en el BORME, en las últimas cuentas depositadas constaba un capital social de 24.000,00 €.

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