Cuando el pasado martes día 3,
les decía yo que llevaban 83 días desde la aprobación de la Ordenanza General
de Subvenciones sin publicar en el correspondiente BOC, al día siguiente
se publicaba, pueden verla AQUÍ.
Ahora ya conocemos el
contenido que habrá que estudiar con sumo cuidado, respeto y amor. A bote
pronto, en una primera lectura rápida, lo importante es que en el Art. 8, parágrafo
segundo, dice: “El Ayuntamiento realizará cada
año, la convocatoria de solicitud de subvenciones, que se ajustará a los
principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y
no discriminación”.
Nos queda, pues, esperar a que nuestro Ayuntamiento se
decida a convocar las bases de las subvenciones que piensa otorgar este año. Pero
les recuerdo que las subvenciones o ayudas para la compra de libros de texto de
sus hijos, para el curso 2013-2014 todavía están sin conceder.
Si leen ustedes la disposición adicional, se darán cuenta
que la Ley General
de Subvenciones 38/2003 de 17 de noviembre, es del año 2003 y que en ella se
decía que en un año, el gobierno tenía que desarrollar esta ley con su
correspondiente Reglamento. No lo hizo hasta pasados casi tres años con el
Reglamento RD 887/2006, de 21 de julio. A partir de ahí, tanto las comunidades autónomas
como los ayuntamientos, tenían que haber desarrollado también sus
correspondientes normativas. El Gobierno de Cantabria lo hizo mediante la Ley de Cantabria 10/2006, de
17 de julio de Subvenciones. Ya ven que a nuestro Ayuntamiento le ha costado
casi ocho (8) años en arremangarse
las sayas y cruzar el río.
En su momento y con más tiempo razonaremos el contenido de
la Ordenanza
y veremos qué nos depara.
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