Ya siento tener que comunicarles
que mi género fluido me gasta estas malas pasadas. Qué le vamos a hacer, es la
condición humana.
Comunicado de la alcaldesa por un
rato:
Como ustedes ya han sido
informados por el propio PRC, han solicitado un Pleno Extraordinario. Para
cobrar las dietas dejadas de percibir por su inasistencia al Pleno de
25/11/2021. Es lo que tienen las meteduras de pata, que luego hay que corregir
las pérdidas. Pero esto no se lo dicen. Lo que sí tengo que decirles es que, a
falta de consignación presupuestaria para tanta dieta, no las van a cobrar a no
ser que la Pleiteen y un juez diga que se han de pagar. De su propia medicina
tomen.
El pleno extraordinario por
ustedes solicitado se realizará, Dios mediante, cualquier día de estos; pero
nunca más tarde del próximo martes 21 de diciembre de 2021. Siempre y cuando no
haya cundido el mal ejemplo que han dado ustedes los días 25 y 29 de noviembre
del año en curso. En la esperanza.
En su punto primero me
piden ustedes que explique “cómo pretendo gobernar estando en minoría” yo
añadiría que minoría minoritaria. Es cierto que estoy en una situación
realmente muy comprometida. Pero solo quedan cuatro días para acabar el año,
con lo que, al primero de enero de 2022, volveré a tener toda la pasta de
nuevo, por prórroga de los presupuestos de 2021, que son a su vez prórroga de
los de 2020. Estos son los medios económicos con los que cuento. Los mismos con
los que contaba el PRC, que se los tumbamos no hay que olvidar y después, maldita
sea mi suerte, los aprobamos igualitos entíficos.
El cómo, que es lo que ustedes
preguntan, muy sencillo. A la Rosalía, la cantante.
Malamente.
Pero como ustedes no tienen el
más mínimo escrúpulo en cesterronear a los cuatro vientos lo que son incapaces
de hacer, esto es todo. Pero en concreto, su cacareada moción de censura que
espero anhelante como púber su primera comunión, que ustedes son incapaces de
llevar adelante. Me está frustrando la cosa y casi hago caso a la petición de
Izaguirre de presentar una cuestión de confianza. Pero sería idiota por mi
parte presentarla, pues ya se que ustedes confían en mi tanto como yo en
ustedes.
Confiaba que ustedes me
sometieran a la moción de censura, por experimentar lo mal que se han sentido
ustedes en idéntica situación. No dirán que no soy empática. Les recuerdo que
sus votantes, que aún confían en ustedes, se lo demandan a gritos; tal y como
se expresa la otra Rosalía, la que da siempre el cante.
En su punto segundo
requieren ustedes explicación y aportación de documento o decreto en el que se
designa a Javier Iturbe Heras o Carmelo Pérez Soto asesores de esta alcaldía y
que se les permita acudir a reuniones como tales asesores.
En primer lugar: el/la Alcalde/sa
puede actuar en cualquiera de su decisiones políticas y administrativas
asistido de un asesor cuando lo considere conveniente, pero si éste no tiene un
nombramiento administrativo, ya sea mediante una relación de servicios
(contrato de asesoramiento de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público -LCSP 2017-) o de empleo público (personal eventual), el
asesor actuará como un particular en cualquier procedimiento; en cuyo caso
los funcionaros municipales responsables no le pueden facilitar ninguna
documentación sin que el Alcalde lo autorice expresamente caso por caso.
Pues bien, la Secretaría
Intervención y el resto de los empleados públicos, si se lo solicitan conforme
a la Ley del Procedimiento Administrativo, les podrán certificar si alguno de
esos asesores les ha solicitado algún documento público y cuales en concreto;
de ser así, que no ha sido, si esos empleados públicos, contraviniendo la ley,
les han facilitado lo que nunca han solicitado.
En su
punto tercero, manifiestan ustedes su idea complotista de un
mundo imposible. Que, en su día, hiciera esta alcaldesa el idiota pactando con
ustedes. Pase. Que repitiera la idiotez de pactar con el resto. Pase.
Los documentos facilitados a mis
asesores personales, con o sin contrato, son todos aquellos sobre los que les
he pedido asesoramiento. Ninguno, por no existir, que afectara a documentos
declarados secretos por la ley.
Sobre cuentas bancarias, que por
otro lado son públicas, y así quedan reflejadas, por ejemplo, en:
En su
punto cuarto, piden ustedes unos datos que, si hubieran aprobado
la subasta de 2021, ya los tendrían. A esta alcaldía le falta todavía por
obtener los datos concretos de a cuanto asciende la deuda que INIMAWATER tiene
con el ayuntamiento. Datos que se le solicitaron hace más de medio año a la
Intervención y que todavía no ha facilitado. A pesar de que se le puso un
contrato para personal de apoyo para ese trabajo concreto, todavía está por
firmar dicho documento por la Secretaría Intervención. Y hemos llegado al
punto, ridículo, por el que finalizada la consignación presupuestaria para
dicho tipo de gasto del programa 9, capítulo 2, no se podrá contratar, porque
ustedes mismos vienen impidiendo las modificaciones de crédito pertinentes.
Eso, las demoras innecesarias de
la negociación con Ibarra y con Llano, que no hicieron ningún expediente sobre
la negociación con INIMAWATER, las demoras injustificadas de la Secretaría
Intervención, más la injustificada dejadez de cobrar dichas deudas a
Inimawater, así como las injustificadas actualizaciones de las tasas y el no
haber iniciado en su día el expediente de lesividad del contrato con ASCAN
junto a la ilegal bajada de tasas, todo ello de corporaciones anteriores a la
mía, de las que ustedes han venido siendo responsables directos; han propiciado
que, si no lo han hecho ya, Inimawater interpondrá la correspondiente demanda.
Cuyo coste va a ser brutal para la ciudadanía. Y allá cada cual, con su
responsabilidad, que yo de la mía doy cuenta con la cara bien alta.
En su punto quinto, requieren
ustedes que se les indique sobre el despido del arquitecto que estuvo
trabajando con concatenación de contratos, cuya ilegalidad les fue comunicando
oportunamente la Intervención. Cuando se le despidió, dicho profesional llevaba
dos años sin contrato, significa que, con la alcaldía del PRC, tampoco se le
hizo contrato. Contrato que ya de suyo era ilegal, pues desde 2018, con la
entrada en vigor de las modificaciones de la Ley de contratos del Sector
Público, no se podían hacer contratos menores de servicio negociados y sin
publicidad. Y esto, el Sr. Llano, no puede decir que lo desconocía, pues era el
alcalde y no puede aducir desconocimiento.
El despido se produjo por
incumplimientos constantes del citado arquitecto de los horarios y días de
presencia estipulados en el contrato ya caducado, así como los retrasos
injustificados e injustificables de muchos expedientes urbanísticos. Algunos
expedientes sin resolver desde 2009.
El Juzgado de los Social en su
Sentencia 164/2021, vino a declarar que dicho arquitecto era un trabajador con
contrato indefinido, por la concatenación de contratos de servicios y por
ausencia de contrato durante dos años. Por las que las opciones eran dos:
readmitir al trabajador, cosa que se excluyó por los motivos del párrafo
anterior o proceder a la indemnización por despido improcedente. Indemnización
que alcanzó los 13.819,46 € y que se cargaron a la aplicación de gastos 9200.22799.
Desde mi punto de vista, ese
cargo a esa aplicación del programa de gastos 9 del capítulo 2 se realizó
erróneamente. Si la sentencia dice lo que dice y yo no me equivocara a la hora
de interpretarla, ese gasto debiera de haberse aplicado al programa de gasto 9,
capítulo 1, que son los gastos del personal.
Esos pagos cargados a la
aplicación 9200.22799 son los que están evitando que se pueda contratar a otro
arquitecto para el asunto de VITRINOR y que ustedes vienen impidiendo que se
contrate al no querer aprobar las pertinentes modificaciones de crédito para
tal fin.
Así que aclárense, o damos
prioridad y urgencia al asunto Vitrinor y contratamos un arquitecto, para lo
que tenemos que modificar créditos. O siguen negándose a modificar los créditos
necesarios para contratar el arquitecto y Vitrinor tendrá que esperar. Ustedes
deciden.
En su punto sexto ¡Uy!
Tienen ustedes un serio problema con las ausencias. A este punto no les
contestaré nada. Pero, no será por falta de ganas. No. Así que me limitaré a
recordarles que, pues parece que lo vienen olvidando, entre el número 5 y el
número 7, existe un número entero, divisible por 1, 2 y 3 además de por sí
mismo, que venimos en denominar 6. Que de ahí viene, por ejemplo, el nombre de
Sixto. Nombre de Papa, que por cierto nunca ha existido un Papa que se llamara
Sixto Sexto.
Los puntos 7 y 8 se los
contestaré en el Pleno Extraordinario de 21 de diciembre de 2021, si acaso no
tienen otros asuntos previstos para dicha fecha y tienen a bien acercarse por
el Salón de Plenos de la Casa Consistorial. Para evitar posibles conflictos
horarios, si fueran tan amables de indicarme la hora que mejor les venga, no
tengan dudas de que esta alcaldía a petición proveerá.
Pero no les voy a dejar pasar
esta, para nada. La revista
Vivir en Cantabria, en su nº 21 del año 2019, publicó una entrevista de D.
Ángel Llano en sus páginas 120 y 121. Dos páginas que tenían un valor de 600 €
más el IVA correspondiente. Sin contrato alguno, de forma verbal se comprometió
a pagar los 1.200 eurillos más su IVA, claro está. Dicen las malas lenguas que
todavía no se han pagado. Pero eso sí, la llorona hizo por la deuda de un
millón, según su decir. Como hizo el ridículo más espantoso y ahora lo sabemos
por la cosa de Vitrinor, diciendo que se encargaba él, él solito, de facilitar
suelo industrial y así crear puestos de trabajo. Pues bien, en el año que
estuvo, igual también ausente, no se enteró que tenía sobre la mesa el asunto
de Vitrinor desde 2018 y, claro, no hizo nada al respecto. Y cómo se le llena
la boca de vitrinor.
En la esperanza, siempre suya,
mis incorregibles concejales.